Las sanciones previstas por el RGPD (Reglamento General de Protección de Datos) se aplican a raíz de controles o de reclamaciones, en particular cuando los responsables del tratamiento o los encargados del tratamiento no respetan las disposiciones del RGPD o de la ley.
La formación restringida de la CNIL puede adoptar diferentes medidas en caso de no conformidad. Estas sanciones incluyen:
Recordatorio del deber de cumplimiento
Requerimiento de adecuación de un tratamiento
Limitación temporal o definitiva de un tratamiento
Suspensión de los flujos de datos
Orden de satisfacer las solicitudes de ejercicio de los derechos de las personas
Multa administrativa: En caso de incumplimientos graves, pueden imponerse sanciones económicas. Según el RGPD, estas multas pueden alcanzar hasta 20 millones de euros o el 4 % de la facturación anual mundial de la empresa, aplicándose la cantidad más elevada.
Es importante señalar que estas sanciones pueden hacerse públicas, reforzando así la transparencia en torno a las acciones de adecuación y de sanción del RGPD. La CNIL desempeña un papel central en la aplicación de estas sanciones para garantizar el respeto de los derechos y de la vida privada de las personas.